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Monthly Archive January 2022

Avenida Reino de Valencia

Duración del alquiler de viviendas en Valencia

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Cuando hablo con amigos veo en muchas ocasiones que no queda muy claro el plazo de duración de los arrendamientos de contrato.

Tanto en Valencia como en el resto del país, el plazo de duración del arrendamiento de vivienda está determinado por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Siempre y cuando hablemos de una vivienda habitual, estos plazos vienen regulados. En su última modificación el plazo de los contratos pasaba de ser de tres años a cinco años de duración si el arrendador es una persona física, o bien hasta siete años si el arrendador es persona jurídica.

Sin embargo, veo muchos contratos redactados en las que ponen que la duración de dicho contrato es de un año. Esto da margen a error. Aunque el inquilino pueda rescindir el contrato al pasar un año sin ningún tipo de penalización, las condiciones del mismo se mantienen a lo largo de los cinco años. Es más, si el contrato refleja algo diferente a esto, no tendría validez y la Ley se impondría al contrato firmado.

¿Se puede desistir del contrato de arrendamiento antes del año? A partir de los seis meses el inquilino puede rescindir el contrato, pero se tendrá que aplicar la penalización pactada. Por parte del arrendador, él se verá obligado a mantener las mismas condiciones económicas durante toda la duración del contrato.

Pero, ¿Qué pasa cuando transcurren esos cinco años y ninguna de las partes notifica a la otra para la finalización del alquiler? En este caso los contratos se prorrogan por plazos anuales hasta un máximo de tres años más. Dicho lo cual habrá que realizar un nuevo contrato actualizando las condiciones.

¿Tenéis dudas sobre el contrato de alquiler y necesitáis solventarlas? Nosotros estaremos encantados de ayudarte.

Bono alquiler joven para el año 2022

¿Cuándo se aprueba?

El bono joven se aprobará hoy martes 18 de enero de 2022. Está previsto que más de 70.000 jóvenes puedan beneficiarse de esta medida.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener entre 18 y 35 años
  • Contrato de trabajo de remuneración inferior a 23.725€ al año (3 veces el IPREM)
  • Importe del alquiler inferior al tope máximo establecido por cada comunidad autónoma, generalmente 600€
  • Estar empadronado en el domicilio sobre el que se solicita el subsidio de alquiler
  • No recibir otro tipo de ayuda específica para vivienda (con algunas excepciones)
  • Ser ciudadano de la Unión Europea o Suiza

Además, la ayuda concedida no podrá superar el precio del alquiler ni el importe de 250€ al mes.

¿Cuándo y cómo solicitar la ayuda?

Las ayudas se podrán solicitar a partir del 18 de enero en las oficinas del departamento de vivienda de las comunidades autónomas. No obstante, tendrán un carácter retroactivo y el periodo de aplicación, será desde el 1 de enero de 2022.